Por:Santiago Arguello Mejía
En el vendaval de acontecimientos recientes ha quedado condenada al olvido la propuesta de reforma penal en el país. De más de 730 artículos, que habrían merecido una mirada de conjunto a la hora de plantear su perfeccionamiento, la reforma ha alcanzado a 45 artículos, en tanto que se han creado 17 nuevos artículos y seis transitorias. Cuando visitamos las estadísticas de las instituciones de control y prevención del delito inmediatamente reparamos en la criminalización de ciertas conductas: si son 700 o más los tipos delictivos que merecen la persecución penal del Estado, en cambio son bien pocos los que se persiguen. Los demás siguen siendo parte de la cifra oculta del delito; ni se conocen ni se persiguen y, cuando algo entra “inapropiadamente” hay mecanismos de clausura, archivo y otras mañas, que le devuelven al sistema su control selectivo. Unos son sujetos de medidas alternativas, reducción de penas o simplemente archivo de sus causas, en tanto que otros grupos humanos bien definidos son carne de presidio.
Se habla de la tasa excepcionalmente baja de homicidios por cien mil habitantes que en el 2018 habría alcanzado la tasa de 5.81, pero que ahora inclusive alcanzaría para este año un excepcional 3.5, conforme al Ministerio de Gobierno. Permanece, no obstante, la interrogante sobre la veracidad de esta proyección. En las Estadísticas de Seguridad Integral, que recoge el INEN, se separa de inmediato la paja del trigo y le llaman “Delitos de mayor connotación” a aquellos que se persiguen de manera principal: la mayoría son contra la propiedad, delincuencia económica que ahí se califica simplemente de robo: A PERSONAS, A DOMICILIOS, A UNIDADES ECONÓMICAS, MOTOS, CARROS Y ACCESORIOS. Con poca convicción se incluyen en tal dimensión a delitos tan graves como las muerte de personas, en condición de homicidios y femicidios, y las violaciones.
Luego de este brevísimo estado de la cuestión, conviene revisar los dos elementos más significativos de la reforma:
1. ABORTO EN CASO DE VIOLACIÓN. – Lo que hay que empezar precisando es la situación de inseguridad que viven las mujeres en nuestro país. Hoy cuando concluimos las dos terceras partes de 2019 contamos ya con 70 femicidios; en tanto que la violación es un fenómeno extendido y se conoce que con frecuencia los victimarios están al interior de las familias y en ciertos espacios que deberían acoger, respetar y proteger a las niñas y mujeres especialmente, como las iglesias, las escuelas y los sitios de trabajo. No es novedad que entre los victimarios estén ministros de culto, maestros o personas vinculadas a la comunidad educativa. Solo para tener una referencia, entre 2015 y 2017 hubo 14000 denuncias de este tipo.
Más de 20.000 niñas menores de 14 años están embarazadas y el país se hallaría en el segundo lugar de embarazo adolescente en el continente. Y no debe haber una cifra consistente en cuanto a la muerte de mujeres en las maternidades y/o enfrentadas a abortos clandestinos, por negarse a dar a luz al hijo de un acto violento, cuya paternidad en no pocas ocasiones correspondería a un malandro desconocido; y, en otras, al propio padre de la víctima, al padrastro, al tío, el curita, el pastorcito o el chofer del autobús de la escuela.
Pero lo preocupante es el fenómeno de banalización del delito. No hay La fuerza de la condena social que merece. Hablando con un juez de otro país me conmocionó saber el extremo patriarcal, abusivo y machista que manejaba: “mientras más se quejan más quieren…”, me argumentó cuando le interrogué sobre la impunidad generalizada en estos delitos. ¿Estamos acaso condenados a divagar sobre la responsabilidad de las víctimas y sus absurdas condenas, antes que enfrentar la responsabilidad penal de sus agresores?
Por ello la respuesta no debería ser: “tenga nomás el crío y nosotros asumimos el producto haciendo casas de adopción”, sino por el contrario la urgencia debería ser la INMEDIATEZ DE LA ACCIÓN DEL SISTEMA DE SALUD para asistir a la víctima, con el máximo de los recursos puestos a su disposición: asistencia técnica, médico forense, jurídica y social. El problema de las jovencitas a quienes se las embaraza a la salida de un acto de salvajismo como es la violación sexual es, en esencia, que no tengan a quien recurrir con seguridad y de inmediato luego de haber sido violadas.
Si esta respuesta social inmediata se produce no creo que la discusión sea para confrontar el derecho de la víctima al derecho de la mórula que le ha sido implantada con violencias. La respuesta de la “pastilla del día después” que, se debe insistir no es abortiva, es parte de esa salida necesaria, dejando además intacto el derecho de elección que pueda realizar la víctima. Unos servicios de salud de calidad, que entiendan bien su función, es clave a la hora de actuar. ¿Por qué hemos marginado de esta discusión la respuesta de emergencia que requiere la VÍCTIMA?, ¿Cuántas de las personas que son parte de los grupos PRO MUERTE conocieron de primera mano un caso, uno solo de víctimas, para tener la condición de hablar por ellas desde el dogmatismo y la moralidad?
En mi periplo por las cárceles de algunos países conocí a la mujer que sufría la más larga condena. Me confió que había sido condenada por sicariato a una pena de 78 años. Me dijo que desde muy joven se asoció a una mara (pandilla), de la que era miembro uno de sus hermanos. El me llevó ahí me dijo, porque no tenía a donde ir. Le pregunté por su familia y señaló que ya no tenía porque el hermano que le socorrió le había pegado un tiro a su padre, en momentos en que ese señor estaba abusando sexualmente de su propia hija, de ella, a una muy corta edad. Así suelen empezar estas historias; ¿se podría pedir que esa niña guarde el embarazo y tenga una criatura de su propio padre violador?
En otro caso, un líder religioso que, por lo demás, era médico en un hospital adventista recibió en su consulta a una muy bella niña de su comunidad. Había asistido sola por la confianza generada en sus padres para un examen médico de rutina. Me confió la chiquilla que el galeno le atendió muy amablemente y le dio a tomar un medicamento. Perdió la razón y varias horas después se despertó en una camilla donde había sido violada. La familia no me dejó seguir el caso y no sé el destino que tuvo. Pero hasta hoy me pregunto si esa jovencita hubiera quedado en cinta luego de esa violación ¿qué habría sido de ella?
Finalmente, si algo ha cambiado en la percepción de la criminalidad como fenómeno social, es justamente el espacio que se debe dar a la VICTIMA. En el debate actual, me temo que es ella la gran olvidada.
2. COMISO SIN SENTENCIA. – Se alude a incautación y disposición de los bienes en casos de narcotráfico, trata y tráfico de personas, enriquecimiento ilícito, terrorismo. Parece mentira pero en el debate parlamentario NO SE APROBÓ. En efecto, no se aprobó lo menos, pero el planteamiento acogido por muchos países, y ahora por el nuestro, es más amplio y se habla con verdaderos sustentos de un procedimiento de EXTINCIÓN DEL DETRECHO DE DOMINIO, aplicable en cualquier tiempo para bienes adquiridos ilícitamente o destinados a actividades delictivas, o cuando no se puede demostrar su procedencia lícita. Colombia tiene esta normativa desde 1996 y la Ley modelo emitida por Naciones Unidas es de 2011 (UNODC).
En este último documento se superan los golletes que harían de las medidas instrumentos claramente abusivos, y se procede a un juzgamiento inmediato sobre la licitud de los bienes, que son sujetos a medidas cautelares: no poder disponer de un bien, el embargo, la incautación y la aprehensión material. En el supuesto de que no se justifique la procedencia lícita de los bienes, el justo título que proviene de una transacción en que el consentimiento no es viciado por error, fuerza o dolo, entonces procede la declaratoria de extinción del derecho de dominio. Hay que superar comiso, decomiso, incautación, administración de bienes de narcos o lavadores de activos, testaferros, traficantes de personas y tratantes, que concluyen invariablemente en la devolución con disculpas de esos bienes mal habidos, producto de la corrupción: aquí hay que reiterar: LO ARBITRARIO HA TOMADO FUERZA DE LEY y los peores delincuentes están premunidos en un país donde reina la injusticia.