Asamblea debe normar requisitos para interrumpir embarazos por violación

Julio Sanabria, Fundación Desafío

Este nueve de diciembre del 2021, la Asamblea Nacional del Ecuador se reunió para el primer debate de la ley de interrupción del embarazo en caso de violación. Desde el 28 de abril de este año, cuando la Corte Constitucional declaró como anticonstitucional la privación del acceso a un aborto en caso de violación, la Asamblea Nacional tiene el trabajo de establecer condiciones para garantizar que niñas, mujeres y personas con capacidad de gestar puedan acceder sin discriminación a este derecho. 

Desde lo dicho por la Corte, según datos de Surkuna, alrededor de 20 niñas han llegado al sistema de salud solicitando este servicio. Las mujeres del Ecuador, necesitamos una ley justa y reparadora para que la violencia no se perpetúe más en nuestros cuerpos. 

Aborto por violación es legal en el Ecuador, los argumentos sobre la vida del feto no caben en los debates, lo que sí es urgente es establecer condiciones sobre la objeción de conciencia y sobre los requisitos para acceder a la interrupción del embarazo que deben ser mínimos. Estaremos pendientes del próximo debate donde se discutirá esta ley. 

Estas fueron las palabras de Sinchi Gomez de Trenzando Feminismos y Fundación Desafío hablando en el pleno de la Asamblea: “El mismo Estado no ha podido generar hasta el momento la garantía del acceso pleno (…), de lo que no han hecho y no nos pongan trabas a nosotras. Por lo tanto, consideren estas omisiones históricas y coloquen requisitos, sí, (…) pero los mínimos y asociados a la voluntad y consentimiento de quienes necesitan acceder a este servicio. No está de más decirles que no estamos debatiendo la legalidad del aborto, porque en este momento el aborto es legal en el Ecuador. Es más, desde 1938 señores asambleístas tenemos tres causales.”