¿Por qué el uso progresivo de la fuerza protege al Estado de Derecho?

El Estado de Derecho es la forma más ampliamente difundida para organizar a los países política, social y jurídicamente, pues parte de la idea básica de que nadie está por encima de la Ley y con ello, por ejemplo, se consiguen relaciones sociales pacíficas. Sin embargo, cuando éste se transgrede es legítimo usar mecanismos para castigar su incumplimiento y volver al estado de cosas anterior.

Otra idea clave: el poder es tan terrible que debe ser controlado con diversos mecanismos. Uno de ellos es dividirlo. Por tal razón, se reparten las tareas en ramas que hacen contrapeso entre sí. Otro aspecto muy importante son los derechos humanos: límites infranqueables para cualquier poder y carta de navegación de los Estados. 

Ahora bien, el servicio público se rige justamente por estas grandes ideas, por lo que quienes lo ejercen solo pueden hacer lo que la Ley les manda. Cualquier actuación que omita o exceda estos mandatos es castigada, inclusive con sanciones penales. Esto incluye a los organismos públicos de seguridad, pues son los legítimos portadores de la fuerza y de las armas.

Por esta razón, su actuar debe estar orientado por el uso progresivo de la fuerza, pues son la cara más visible del poder público. Entonces, sus actuaciones para estar ajustadas a Derecho en los casos más graves, deben regirse por los siguientes elementos:

  • Gradualidad y excepcionalidad. Se debe actuar siempre con los medios de control más pacíficos y menos lesivos. Una vez que estos se agotan o fallan, será legítimo ir escalando la escalera de severidad, pues solo en casos extremos se podrá llegar a usar la famosa “fuerza letal”.
  • Proporcionalidad. Se debe usar la fuerza “absolutamente necesaria”, y esta debe guardar relación con “la fuerza o amenaza que se pretende repeler”. Por ello, resulta especialmente desatinado que se dispare con arma de fuego a personas sospechosas desarmadas, o por la espalda.
  • Planificación. Organismos como la Policía o las Fuerzas Armadas deben dar constante capacitación y entrenamiento a sus miembros, para que sepan reaccionar acorde con la amenaza y siempre respetando los derechos.
  • Justificación. Debe existir una razón imperiosa, legal y legítima por la que deban intervenir. No basta con una percepción de amenaza o el simple prejuicio, debe existir un peligro actual, real e inminente, de muerte o lesión severa; la comisión de un delito muy grave; o incluso una posible fuga, que amerite la intervención con fuerza. Pero se deben aplicar primero las medidas menos extremas.

Esto se ha reafirmado en normas como el Reglamento de uso legal proporcional de la fuerza para la Policía, que contempla 5 niveles de uso de la fuerza y 6 niveles de resistencia del intervenido. Esto pone de manifiesto que las fuerzas del orden no deben “disparar primero y preguntar después”, pues, haciendo un símil, ello sería algo como curar una infección en un dedo con la amputación de la mano.

 

La intervención de las fuerzas de seguridad será legitima siempre que se ajuste a las leyes y responda a criterios de racionalidad. Y ello protege al Estado de Derecho, pues así nos aseguramos de no volver al medioevo, en que juez y verdugo eran el mismo, o a los años en que bajo la excusa de la seguridad nacional en Latinoamérica se exterminaba a cualquiera por la mera sospecha. Las reglas del Estado de Derecho nos obligan a todos, incluso a los delincuentes, pero vinculan con más fuerza moral a quienes por su trabajo las deben defender.