Garantías a la protesta social

Cristian Roberto Borja Calahorrano, Ola Stereo Cumanda

La protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas y se encuentra protegida por una constelación de derechos y libertades que el sistema interamericano garantiza, tanto en la Declaración Americana de los Derechos y Obligaciones del Hombre, como en la Convención Americana de Derechos Humanos.

La Constitución ecuatoriana reconoce y garantiza, en su artículo 66.6, el derecho de toda persona “a opinar y expresar su pensamiento libremente y en todas sus formas y manifestaciones”. Asimismo, en el artículo 66.13 reconoce y garantiza el derecho “a asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria”.

Kushi Chirán, indígena de Natabuela, provincia de Imbabura, desde el refugio de las hermanas Lauritas de La Gasca, en la ciudad de Quito, explica las razones que tiene el paro indígena. Señala que esta acción de hecho se debe a la nula respuesta que han tenido por parte del presidente Guillermo Lasso durante su año de gobierno, y añade que las demandas no son solo de beneficio para los pueblos indígenas, sino que son beneficiosas para todo el país.

Indica que lo que exigen por parte del gobierno es dignidad, los hospitales se encuentran en total abandono, los jóvenes no tienen acceso a la universidad, pese a ser esta una propuesta de campaña electoral. Piden precios justos para los productos de los campesinos, y que se valore a través de los precios, el trabajo duro y sacrificado que ellos realizan. Señala que les preocupa mucho la inseguridad y que deben implementarse políticas públicas.

Kushi señala que han estado protestando con bailes al son del Inti Raymi y han sido objeto de lanzamiento de bombas, gases, perdigones y balas, además denuncia “claras violaciones a los derechos humanos como nunca antes, la represión ha sido brutal”.