Comportamientos y prácticas inaceptables, humillación, desprecio y amenazas que causan daño físico, psicológico, sexual o económico constituyen acoso laboral. La Constitución de la República, la legislación y los tratados de derechos humanos nos garantizan el derecho a una vida libre de violencia y un trabajo libre de acoso.
Sin embargo, las denuncias de acoso y las historias de mujeres que soportan esta conducta en el espacio laboral crecen día a día. Según el Ministerio del Trabajo desde el año 2020 hasta octubre de 2022, en las 24 provincias, solo en el sector público, se registraron 558 denuncias, de estas: 192 denuncias de hombres, 366 denuncias de mujeres. El grupo mayormente afectado somos las mujeres. NO conocemos casos que hayan recibido sanción conforme la Ley Orgánica de Servicio Público, el número de casos que se archivan y quedan en la impunidad crece.
El caso de Gabriela Trujillo no es la excepción. Ella es servidora de la Defensoría del Pueblo, presentó una acción de protección y un juez determino que “Defensoría del Pueblo, vulneró los derechos constitucionales al debido proceso en la garantía de cumplimiento de normas y motivación, y el derecho a la tutela administrativa efectiva.”; y a consecuencia de aquello con fecha 01-11-2022 a través de correo electrónico se remitió la RESOLUCION No. DPE-CAP-2022-0001 emitiendo unas disculpas así: “…este Comité expresa disculpas públicas y señala que ha procurado emitir una resolución objetiva, analizada en base a los aspectos identificados en el expediente.” ; hoy estas disculpas son púbicas compañera. Las mujeres aquí presentes, te abrazamos y abrazamos a todas las que dentro de la institución están atravesando la misma situación
¡Y desde tu lucha por la dignidad y la no violencia contra las mujeres, hoy incluimos, “El acoso laboral en nuestra lucha contra la violencia!